ENMIENDA AL EXPEDIENTE
Nº 12 DEL DÍA DE LA SESIÓN PLENARIA DEL 31
DE JULIO DE 2012 DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LA LAGUNA, SOBRE MODIFICACIÓN
PRESUPUESTARIA Nº 19/ 2012
El concejal Santiago Pérez García (XTENERIFE), formula enmienda al Expediente
nº 12 del Orden del día, en base a los siguientes
FUNDAMENTOS:
PRIMERO.- El Pleno del Ayuntamiento de La Laguna va a
debatir, y previsiblemente a aprobar,
una Modificación del Presupuesto de 2012 (nº19/2012) por un importe
de 16.758.619,30 Euros, inyectando al
Presupuesto unos ingentes recursos económicos que proceden casi en su totalidad
de un préstamo (cuya cuantía ya asciende
a 52 millones de euros) autorizado por el Ministerio de Hacienda, en el marco
del R-D Ley 4/2012 por el que se establece el llamado “mecanismo ágil de pago a
proveedores”.
La autorización de ese préstamo ha estado condicionada a la
aprobación de un Plan de Ajuste 2012-2022 que condicionará la acción
presupuestaria del Ayuntamiento -- y por
tanto toda la actividad municipal--, que se ha obligado entre otras medidas a
garantizar el equilibrio financiero de los servicios municipales mediante la
subida de las tasas y precios públicos que pagan los usuarios, estableciéndolos
en aquellos servicios cuya prestación ha venido siendo gratuita, así como
aplicando sistemas de copago.
El RD-Ley 4/2012 se ha
convertido en una palanca para la intervención estatal de las entidades
locales, aprovechando las dificultades financieras de los ayuntamientos y
utilizando como coartada la finalidad, siempre atendible, de posibilitar el pago a los acreedores.
Con esta modificación presupuestaria se van a
poder pagar, como
dice textualmente la propuesta del concejal de Hacienda, junto a “facturas procedentes de ejercicios
presupuestarios anteriores que responden a compromisos debidamente adquiridos”,
pero que no pudieron atenderse por problemas de tesorería (por valor de 5.844.840,05 euros), otras “facturas procedentes de ejercicios
económicos anteriores, que responden a compromisos no debidamente adquiridos
y/o que no contaban con crédito presupuestario, por lo que precisarán de un
reconocimiento extrajudicial de créditos ( 10.042329,53 Euros)”.
La Ley Reguladora de las Haciendas Locales y el Decreto que la desarrolla (Real Decreto Legislativo 2/2004, arts. 173.1 y 5 y 176.1 y Real Decreto 500/1990, art. 25.2) sancionan con nulidad de pleno derecho los compromisos de gastos adquiridos por cuantía superior al importe de los créditos autorizados en los estados de gastos del Presupuesto, sin perjuicio de las responsabilidades a que haya lugar.
Además, la Ley de Contratos del Sector Público y la Ley de
Procedimiento Administrativo Común
--art. 32 a) y c)
y art. 62.1, respectivamente--
imponen análoga sanción de nulidad a los actos y resoluciones de contenido
económico dictados prescindiendo total y absolutamente del procedimiento
legalmente establecido, o careciendo de crédito presupuestario o siendo éste
insuficiente.
Todo esto quiere decir:
1º.- Que a través de
esta Modificación Presupuestaria, el
Ayuntamiento comienza los trámites para pagar compromisos económicos contraídos al margen de la
legalidad, a lo largo principalmente de 2011, aunque también durante ejercicios
económicos anteriores, para lo que deberá posteriormente “legalizarlos”, abusando del llamado
“Reconocimiento Extrajudicial de Créditos”,
que no tiene regulación legal alguna
descansando exclusivamente en el argumento de que los servicios, obras o
suministros que se contrataron
ilegalmente han sido satisfechos por los proveedores y que, de no pagárseles,
se les produciría un perjuicio económico a los proveedores y al tiempo un
enriquecimiento injusto del Ayuntamiento, por lo que podrían serle reclamados
judicialmente.ç
2º.- Que el mecanismo del Reconocimiento Extrajudicial
de Créditos, que requiere acuerdo del Pleno del Ayuntamiento, se ha convertido
en un modus operandi bastante habitual
de éste y otros gobiernos municipales, que se desarrolla al margen de la legalidad,
ya que a estos 10 millones de euros,
que corresponden en gran parte a 2011, habrá que añadir los que a lo largo del
propio ejercicio económico fueron reconocidos por el Pleno.
Por otra parte, la exigencia de responsabilidades a las autoridades o funcionarios que hayan concertado contratos o adquirido obligaciones en nombre de la Administración municipal al margen la legalidad, a la que constantemente hace mención la legislación de haciendas locales se ha convertido en una mera cláusula literaria de la que nunca se han derivado expedientes sancionatorios o consecuencias jurídicas de ningún tipo.
3º.- Que el pago de estos compromisos ilegales se
ha convertido, por obra y gracia del RD-Ley
4/2012, sobre mecanismo de pago a
proveedores de las entidades locales, que no ha hecho distinción entre contratos
legales o ilegales con proveedores, en prioritarios, ya que la gestión económica de los servicios
públicos municipales ha resultado
completamente condicionada por el Plan de Ajuste 2012-2022 que el Ayuntamiento
tendrá que aplicar, bajo severas sanciones en caso de incumplimiento, para que
se le autorizara el nuevo préstamo para pagar nada menos que contratos adquiridos al margen de la
legalidad por valor de 10 millones
de Euros, por ahora.
Por ahora, porque todavía quedan por incorporar al Presupuesto unos 32 millones de euros del préstamo autorizado para el pago a proveedores, de los que también se dedicará una parte al pago de compromisos económicos ilegales.
SEGUNDO.- Cuando se
aprobó, el 11 de noviembre de 2010, el Plan Económico Financiero 2011-2011,
cuyas directrices se han incorporado al Plan de Ajuste 2012-22
aprobado el 30 de marzo de 2012, pág. 7 apartado f), el
Ayuntamiento se comprometió a que “se establecerá un estricto y riguroso
control de forma que se produzca una tendencia descendente hasta su
desaparición en el año 2013…”(PEF, Directrices en el Marco de los Gastos pág.
25). Es palpable el incumplimiento.
TERCERO.- Se podrá
argumentar que gran parte de esos compromisos hubo que contraerlos por razones
de urgencia o “debido a los efectos de
la crisis económica”, como expresaba el
Plan Económico Financiero poniendo la tirita antes del incumplimiento”. Seguro
que una parte de esos compromisos ilegales obedecerá a razones de necesidad o
de urgencia, cosa que tendrá que demostrar caso por caso quien los haya
decidido. Pero es evidente que no obedecen a este tipo de justificación
los 982.833,48 Euros gastados en
Fiestas, mediante contratos a dedo y/o sin estar previstos y autorizados en el
Presupuesto.
Hay que recordar que esos gastos en Fiestas proceden en su gran mayoría del año 2011, cuando ya estaba en vigor el Plan Económico-Financiero, cuya Liquidación Presupuestaria certificó los siguientes datos:
Fiestas Populares:
-
Presupuesto
Inicial 1.018.518,72 euros- Presupuesto Definitivo 1.867.858,69
- Obligaciones Reconocidas 1.945.553,87
Si a los 1.945.553,69
euros, les añadimos los 982.833,48 que
afloran ahora y corresponden
fundamentalmente a 2011, concluiremos que el Ayuntamiento gastó el año
pasado en Fiestas casi el triple, por
ahora, de lo que figuraba en el Presupuesto que aprobó el Pleno, en plenos
tiempos de crisis, en los que para lograr el equilibrio presupuestario se han
efectuado y se efectuarán recortes en servicios públicos, se han subido los
tributos municipales (impuestos, tasas) y se han establecido o subido los
precios públicos de determinados servicios y se generalizarán sistemas de
copago.
Cuarto.- Todo esto
pone de relieve el deterioro de la calidad democrática y de los mecanismos de
control de la gestión de los recursos públicos por parte de los ayuntamientos,
ya que restan fiabilidad a los momentos más relevantes de la vida
presupuestaria municipal: la aprobación, la ejecución y la liquidación del
Presupuesto. Lo cual es mucho más grave en tiempos de crisis, en los que cada
euro de dinero público debe dedicarse a resolver necesidades acuciantes de los
ciudadanos, que en tiempos de vacas
gordas.
Y va a servir, de hecho ya está sirviendo, para justificar
las medidas de intervención estatal de los Ayuntamientos que constituyen toda una línea de ataque a
la autonomía de las entidades locales constitucionalmente garantizada.
En consecuencia, propongo al Pleno del Excmo. Ayuntamiento,
como ENMIENDA DE ADICIÓN al EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS Nº 19/ 2012,
la adopción del siguiente Acuerdo:
El Ayuntamiento de La Laguna acuerda iniciar Expediente
para la determinación de
responsabilidades jurídicas de quienes
hayan adquirido compromisos económicos
con proveedores al margen de los procedimientos establecidos en la
legislación de contratos del sector
público y/o sin cobertura
presupuestaria, o siendo ésta insuficiente, cuya propuesta de resolución deberá
ser elevada al Pleno de la Corporación para su aprobación, con carácter
simultáneo a la de los Expedientes para
el Reconocimiento Extrajudicial de Crédito, que se tramiten a efectos de
posibilitar el pago de dichos compromisos
con los proveedores.
La Laguna, a 31 de
julio de 2012-07-31
El
concejal, Santiago Pérez García
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