En la Auditoría de Gestión sobre el ejercicio económico 2010 del Ayuntamiento de La Laguna, que el Gobierno de Canarias ha remitido recientemente a la corporación municipal lagunera, se concluye que “…la Corporación continua generando deudas de carácter extrapresupuestario (7.128 miles de euros en 2010) y que al carecer de cobertura presupuestaria desequilibra de forma importante la economía municipal desvirtuando además los indicadores de saneamiento.”
¿QUÉ SIGNIFICAN LOS RECONOCIMIENTOS EXTRAJUDICIALES DE CRÉDITO?
En efecto: se ha convertido en una práctica habitual en el Ayuntamiento de La Laguna que los miembros del Gobierno municipal adquieran bienes o contraten obras o servicios no previstos en el presupuesto y, por lo tanto, sin que haya dinero para pagarlos. La Ley de Haciendas Locales (artículo 173.5) prohíbe esa práctica y declara “nulos de pleno derecho los acuerdos, resoluciones o actos administrativos que infrinjan” dicha prohibición.
Por otro lado, buena parte de esas contrataciones se realizan al margen de los procedimientos regulados en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, es decir “a dedo”. Esta forma de actuar, que también es ilegal, impide a muchos empresarios presentar sus ofertas para contratar con el Ayuntamiento y a éste beneficiarse de la libre competencia y conseguir las mejores ofertas desde el punto de vista de la calidad y el precio.
Es muy fácil comprobar leyendo los expedientes que los nombres de algunas empresas beneficiadas se repiten constantemente.
Como los empresarios agraciados por contrataciones llevan a cabo la entrega de los suministros, la realización de los servicios o la ejecución de las obras, el Ayuntamiento acaba “legalizando” la contratación y pagando. Para ello tiene que tomar previamente dos acuerdos: modificar el presupuesto inyectando dinero en las partidas correspondientes y aprobando un Reconocimiento Extrajudicial de crédito. En el último Pleno fueron aprobados 16 expedientes de reconocimientos extrajudiciales de crédito, por valor de 2,4 millones de euros.
Éstos reconocimientos requieren resolver, es decir ignorar, los Informes de Intervención que señalan la ilegalidad de esta forma de actuar. La Intervención vela por la legalidad económica y presupuestaria del Ayuntamiento y cuando informa con “reparos” quiere decir que la decisión que se va a tomar es contraria a la legalidad.
El reconocimiento extrajudicial significa que el Ayuntamiento acuerda pagar al empresario antes de que éste reclame judicialmente el pago, argumentando que él sí cumplió y que el Ayuntamiento puede obtener un “enriquecimiento injusto” beneficiándose de los suministros, obras y servicios a costa del empresario que no sólo sufriría un perjuicio por el dinero que gastó, sino por el beneficio que ha dejado de percibir. En nuestro país el concepto de enriquecimiento injusto no está recogido en la legislación, pero el Tribunal Supremo lo ha establecido en una doctrina muy consolidada.
¿Qué tipo de gastos se “legalizan” de esta forma?
Hay de todo como en botica: desde servicios públicos como el de transporte urbano, el mantenimiento de jardines o la limpieza de colegios, que alcanzan cientos de miles de euros mensualmente, cuyos contratos vencieron --a veces hace ya varios años-- y el Ayuntamiento ha autorizado a la empresa a seguir prestando el servicio sin celebrar inexplicablemente un nuevo concurso, hasta compras en ferreterías, enganches directos a la red eléctrica, traslados de grupos de personas, gastos en publicidad en prensa, radio y televisión, subvenciones a la edición de libros, a programas de dinamización comercial, de fomento del asociacionismo, de promoción de la salud…
Los gastos de fiestas merecen una mención aparte. Por su importancia (467.193,41 euros a propuesta del Área de Fiestas en el último Pleno) y porque casi todas las áreas del Gobierno Municipal han conseguido “legalizar” por la vía del reconocimiento extrajudicial de crédito más gastos en fiestas. Es como si hubiera una serie de Presupuestos (b, c, d) de fiestas que no figuran en el Presupuesto oficial de Fiestas. Así es prácticamente imposible saber cuánto se gastaron de verdad en festejos, en tiempos de crisis y en año preelectoral. Porque hay que echarle imaginación para pagar, por ejemplo, con cargo al Área de desarrollo rural 1.418.607 pesetas en cuatro chocolatadas entre la Nochebuena de 2009 y Año Nuevo 2010. La Intervención señala infructuosamente que este tipo de gastos “…deberían aplicarse al Programa de Fiestas”.
Cualquier persona de buena fe y sentido común puede entender que la Administración se vea forzada, en casos de urgencia o de grave necesidad, a contratar sin tener presupuesto o sin tramitar el procedimiento legalmente establecido. Pero convertir este modo de actuar en una costumbre favorece la mala gestión de los recursos públicos, crea inseguridad y puede ser el caldo de cultivo de todo tipo de favoritismos y amiguismos.
La fórmula del reconocimiento extrajudicial de créditos debe ser utilizada sólo excepcionalmente, justificando en cada caso las razones de urgencia o necesidad.
En todos los acuerdos de reconocimiento extrajudicial se expresa “sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiere lugar, como consecuencia de la omisión del procedimiento legalmente establecido”, que se ha ido convirtiendo en una especie de letanía ya que, que yo sepa, nunca se ha instruido expediente alguno para determinar y depurar responsabilidades. Así las cosas, no debe extrañar a nadie que algunos concejales actúen como si administraran su propio dinero y no el de los ciudadanos. Y que se permitan estar de risas y fiestas durante los Plenos, cuando pedimos explicaciones sobre este modo de actuar.
Como dato pintoresco, los gastos correspondientes al ejercicio de 2010, que se han “legalizado” de esta manera en los últimos Plenos, han sido aprobados con el voto favorable del Grupo Socialista que criticó --y con razón-- esta forma de funcionar mientras estaba en la oposición. Ahora no sólo los vota, sino que llega a presentar la propuesta al Pleno para que se aprueben, con afirmaciones como “..en ocasiones y para dar respuesta a los vecinos, la actuación administrativa no se ajusta estrictamente ¡….! al, por otra parte, rígido procedimiento legal”.
Las funciones propias de la oposición, que debemos desempeñar con seriedad porque es nuestro compromiso con La Laguna y con sus vecinos, nos hayan votado o no, nos obligan a informar a la opinión pública y a tomar todas las medidas a nuestro alcance para conseguir que el Gobierno del Ayuntamiento respete la legalidad, que establece garantías para proteger los intereses generales, y gestione los recursos públicos con rigor y eficientemente.
Y eso es exactamente lo que vamos a hacer, si no se erradican completamente este tipo de prácticas.
La Laguna, catorce de noviembre de 2011
Santiago Pérez
Portavoz del Grupo Municipal XTenerife (IU-SXTF-Los verdes de Canarias)
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